Deducciones IRPF Eficiencia Energética e Instalaciones Fotovoltaicas 2026 | Gestaner
Actualizado 2026 · Real Decreto-Ley 7/2026

Ahorro Fiscal · Energía Solar

DEDUCCIONES IRPF FOTOVOLTAICA

Hasta el 60% de deducción por obras de eficiencia energética y hasta el 10% por instalar placas solares de autoconsumo. Gestaner te ayuda a maximizar tu ahorro en la declaración de la Renta.

60%
Deducción máx. rehabilitación energética
7.000€
Deducción autonómica máxima
10%
Deducción instalación fotovoltaica 2026
4
Tipos de deducción compatibles entre sí
Fiscalidad solar 2026

Las 4 deducciones que debes conocer

Tres estatales por mejora de eficiencia energética más una nueva deducción específica por instalación fotovoltaica de autoconsumo. Todas compatibles entre sí.

DEDUCCIÓN 1 · ESTATAL
20%

Reducción demanda calefacción y refrigeración

Por obras que reduzcan al menos un 7% los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración en tu vivienda.

Máx. 5.000€ base · Tope 1.000€
DEDUCCIÓN 2 · ESTATAL
40%

Mejora consumo energía primaria no renovable

Por obras que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable o que logren calificación A o B.

Máx. 7.500€ base · Tope 3.000€
DEDUCCIÓN 3 · ESTATAL
60%

Rehabilitación energética de edificios residenciales

Por obras de rehabilitación en edificios residenciales. Base hasta 15.000€ con compensación en los 4 ejercicios siguientes.

Máx. 7.500€/año · Hasta 15.000€
DEDUCCIÓN 4 · NUEVA 2026
10%

Instalación sistemas autoconsumo renovable

Nueva deducción 2026 por instalación de placas solares y sistemas de autoconsumo eléctrico con energías renovables.

Máx. 5.000€ base · Tope 1.000€

Obras elegibles entre el 06-10-2021 y el 31-12-2026 (la deducción 3 extiende la obra hasta 31-12-2027). No son deducibles obras en garajes, jardines, piscinas ni zonas afectas a actividad económica.

Deducciones estatales

Requisitos y condiciones detalladas

Consulta los plazos, porcentajes, bases y certificados necesarios para cada tipo de deducción en el IRPF.

Deducción 1 · 20%

Reducción demanda de calefacción y refrigeración

Obras realizadas en vivienda habitual o en alquiler que consigan reducir la demanda energética de manera certificada.

  • Reducción de al menos un 7% de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración
  • Certificado de eficiencia energética previo y posterior a las obras
  • El certificado posterior debe expedirse antes del 1 de enero de 2028
  • Máximo dos años entre ambos certificados
  • Vivienda habitual o alquilada (si se alquila antes del 31.12.2027)
  • No incluye costes de instalación de equipos con combustibles fósiles
Porcentaje de deducción
20%
Sobre la base de deducción
Base máxima de deducción
5.000 €
Cantidades pagadas por las obras
Deducción máxima anual
1.000 €
Importe máximo a deducir
Plazo de las obras
06/10/21 – 31/12/26
Realizadas y pagadas en este período
Período impositivo
Año del certificado
El año en que se expide el CEE posterior
Deducción 2 · 40%

Mejora consumo de energía primaria no renovable

Obras que consigan una mejora sustancial del consumo de energía primaria no renovable o una calificación energética elevada.

  • Reducción de al menos 30% del indicador de consumo de energía primaria no renovable
  • O bien obtención de calificación energética A o B
  • Certificado de eficiencia energética previo y posterior antes del 01/01/2028
  • Vivienda habitual o alquilada (si se alquila antes del 31.12.2027)
  • No incluye instalación o sustitución de equipos con combustibles fósiles
Porcentaje de deducción
40%
Sobre la base de deducción
Base máxima de deducción
7.500 €
Cantidades pagadas por las obras
Deducción máxima anual
3.000 €
Importe máximo a deducir
Plazo de las obras
06/10/21 – 31/12/26
Realizadas y pagadas en este período
Período impositivo
Año del certificado
El año en que se expide el CEE posterior
Instalación paneles solares fotovoltaicos tejado Murcia Gestaner Detalle panel solar monocristalino Gestaner
60%
Deducción
máxima
Certificado CEE obligatorio antes de enero 2028
Deducciones 3 y 4

Las obras de rehabilitación y la fotovoltaica, combinadas, son el mayor ahorro fiscal posible

Instalar placas solares junto con una rehabilitación energética del edificio puede darte acceso simultáneo a la deducción estatal del 60%, la nueva deducción del 10% por autoconsumo y la deducción autonómica de Murcia.

Hasta 15.000€ en deducción estatal +7.000€ deducción autonómica Murcia
Deducción 3 · 60%

Rehabilitación energética de edificios residenciales

La deducción más potente, aplicable a todo tipo de obras de rehabilitación en edificios residenciales. Posibilidad de compensar en los 4 ejercicios siguientes.

  • Reducción ≥30% del consumo de energía primaria no renovable o calificación A/B
  • Aplica a todo tipo de viviendas en propiedad (incluye garajes y trasteros adquiridos con ellas)
  • Para comunidades de propietarios: la base se calcula según el coeficiente de participación
  • Certificado energético del edificio (no solo de la vivienda)
  • Excedente compensable en los 4 ejercicios siguientes hasta 15.000€
Porcentaje de deducción
60%
Sobre la base de deducción
Base máxima anual
7.500 €/año
Cantidades satisfechas cada ejercicio
Base acumulada máxima
15.000 €
Con compensación 4 ejercicios siguientes
Plazo de las obras
06/10/21 – 31/12/27
Plazo extendido vs. deducciones 1 y 2
Períodos deducibles
2021 – 2026
Según cantidades satisfechas cada año
Deducción 4 · NUEVA 2026

Instalación de sistemas de autoconsumo renovable

Introducida por el Real Decreto-Ley 4/2026. Deducción específica por instalar placas solares y sistemas de generación renovable para autoconsumo eléctrico.

  • Instalaciones realizadas entre el 01-01-2026 y el 31-12-2026
  • Sistemas destinados al autoconsumo de energía eléctrica renovable
  • No requiere certificado de eficiencia energética
  • Requiere Certificado de Instalaciones Eléctricas (CIE)
  • Aplica en vivienda habitual y viviendas en alquiler
Porcentaje de deducción
10%
Sobre el coste total de la instalación
Base máxima de deducción
5.000 €
Coste total de la instalación
Deducción máxima
1.000 €
Importe máximo a deducir en IRPF
Plazo instalación
01/01/26 – 31/12/26
Solo instalaciones en 2026
Documentación clave
CIE
Certificado de Instalaciones Eléctricas
Región de Murcia

Deducción autonómica por energías renovables

Además de las deducciones estatales, la Región de Murcia contempla una deducción autonómica adicional por aprovechamiento de energías renovables destinadas exclusivamente al autoconsumo.

Regulada por el Art. 1.5 del Decreto Legislativo 1/2010, aplica tanto en vivienda habitual como en viviendas arrendadas radicadas en la Región de Murcia. La base de deducción son los costes totales de la instalación.

7.000€
Importe máximo de la deducción autonómica
50%
Porcentaje máximo sobre base (renta <35.000€)
+2
Ejercicios adicionales para compensar el excedente

Tramos de deducción según base imponible

Declaración Individual

Base imponible ≤ 35.000€ 50%
Entre 35.001€ y 45.000€ 37,5%
Entre 45.001€ y 60.000€ 25%
Más de 60.000€ Sin deducción

Declaración Conjunta

Base imponible ≤ 50.000€ 50%
Entre 50.001€ y 75.000€ 37,5%
Entre 75.001€ y 95.000€ 25%
Más de 95.000€ Sin deducción

Fotovoltaica con excedentes no acogida a compensación: la deducción autonómica no aplica a esta modalidad. Para instalaciones compartidas entre varios contribuyentes de la misma vivienda, la deducción se prorratea en proporción a la cantidad invertida por cada uno.

Consultor Gestaner revisando deducciones IRPF eficiencia energética Murcia
Deduce en Murcia
hasta 7.000€ más.
La deducción autonómica de la Región de Murcia se acumula a las estatales. Nuestros asesores calculan el máximo ahorro fiscal para tu caso concreto.
Dudas frecuentes

Preguntas sobre las deducciones IRPF

Resolvemos las dudas más habituales sobre las deducciones por eficiencia energética y fotovoltaica.

Sí. Las cuatro deducciones son compatibles entre sí, siempre que se cumplan los requisitos de cada una de forma independiente. Por ejemplo, puedes aplicar la deducción del 40% por mejora de energía primaria y además la deducción autonómica por autoconsumo fotovoltaico en el mismo ejercicio.
No. La deducción del 10% por instalación de sistemas de autoconsumo renovable (Deducción 4) no exige certificado de eficiencia energética. En su lugar, requiere el Certificado de Instalaciones Eléctricas (CIE). Sin embargo, la deducción autonómica de Murcia sí puede requerir acreditar el autoconsumo mediante documentación técnica.
Sí para las deducciones 1, 2 y 3, siempre que la vivienda esté arrendada como vivienda habitual del inquilino o esté en expectativa de alquiler y se alquile antes del 31.12.2027. El alquiler no debe tener la consideración de actividad económica. En la deducción autonómica también aplica para viviendas en alquiler radicadas en la Región de Murcia.
La deducción estatal del 10% aplica a instalaciones de autoconsumo con energías renovables. La deducción autonómica de Murcia, sin embargo, no es aplicable a la modalidad con excedentes no acogida a compensación. Si tienes compensación de excedentes, sí puedes aplicar ambas deducciones. Te recomendamos consultarnos para revisar tu caso concreto.
El certificado de eficiencia energética posterior a las obras debe expedirse antes del 1 de enero de 2028. Además, entre el certificado previo y el posterior no pueden pasar más de dos años. El ejercicio fiscal en el que puedes aplicar la deducción es aquel en el que se expide el certificado posterior, incluyendo todas las cantidades pagadas antes de su expedición.
Solo sobre la parte destinada a uso residencial. La parte de la vivienda afecta a la actividad económica queda excluida de la base de deducción. Lo mismo aplica a garajes, trasteros no adquiridos con la vivienda, jardines, piscinas e instalaciones deportivas. Es importante delimitar correctamente el porcentaje para no incurrir en errores en la declaración.
Gestaner · Tu instalador de confianza

MAXIMIZA TU AHORRO FISCAL

Nuestro equipo analiza tu caso de forma gratuita y te ayuda a aplicar todas las deducciones a las que tienes derecho. No dejes dinero sobre la mesa en tu declaración de la Renta.

Horario:

Lunes-Jueves: 9:00h - 18:00h
Viernes: 08:00h - 15:00h

Dirección

C/ Francisco Alfonso Hidalgo Martinez, Nº16.
CP 30100 El Puntal (Murcia)

Contacto:

administracion@gestaner.com
968 90 48 48

Scroll al inicio